[GANADORES] BASES LEGALES CONCURSO ENTRADAS AL ESTADIO U DE CHILE VS COLO-COLO desde el 07/04/2025 al 09/04/2025

 

1. Con fecha 07 de abril de 2025, se emitieron las bases del “CONCURSO ENTRADAS AL ESTADIO U DE CHILE VS COLO-COLO”, en adelante las “Bases de Concurso” o las “Bases”, actualmente publicadas en el sitio web de MACHBANK.

2. Por el presente, se modifican las Bases de Concurso antes referidas, en el sentido que se indica a continuación: 

Se modifica la empresa responsable de la administración de la campaña, se actualiza en concordancia el punto “Cobro de Premios”, “Entrega de Premios”, “Responsabilidad por la campaña y entrega de los premios”, reemplazándose íntegramente por los siguientes: 

Cobro de Premios.  La responsabilidad por la administración de la campaña y la entrega de los premios objeto de la misma, será única y exclusivamente de Servicios Neonsports SpA.

El plazo máximo para reclamar los premios será de 6 horas, una vez contactado. Luego de este plazo, sin que uno o más premios hayan sido reclamados, MACHBANK será libre de disponer de ellos a otros Participantes, o bien declarar desierto el Concurso, si así lo estimare conveniente.

  

Entrega de Premios. Los premios, según corresponda, serán entregados por Servicios Neonsports SpA.

 

Si después del plazo de 6 horas no se lograre entregar el premio por la ausencia o no concurrencia del ganador, MACHBANK será libre de disponer de ellos a otros Participantes, o bien declarar desierto el Concurso, si así lo estimare conveniente.

 

Servicios Neonsports SpA y MACHBANK no se hacen ni harán responsables de cualquier daño o perjuicio que cualquier Participante sufra o pueda sufrir con motivo u ocasión del canje de los premios objeto de Concurso, para todos los efectos legales a que haya lugar.

 

Responsabilidad por la campaña y entrega de los premios.

La responsabilidad de la promoción y entrega del premio indicado, será única y exclusivamente del Servicios Neonsports SpA, Rol Único Tributario N° 77.119.342-0, domiciliada en Estoril 200, Las Condes. Se deja expresamente establecido de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo 18-13 de la Recopilación de Normas de la Comisión para el Mercado Financiero, que la entrega de los bienes y la prestación de servicios no bancarios ofrecidos, son de exclusiva responsabilidad de la empresa que realiza tal actividad, no cabiéndole al Banco de Crédito e Inversiones intervención alguna en su entrega o en la ulterior atención que ellos demanden.

 

3. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes las Bases de Concurso antes referidas.

GANADORES:

Vicente Flores Godoy
Maximiliano Arturo Garrido Arias
bruno pontigo
Vicente Ayala
Felipe Esteban carrasco acuña
Felipe Yévenes
Patricio Rozas
Angelica Nicol Paillaqueo Cabezas
Gary felipe Jiménez. Osorio
Jeremy Francisco Mejias Correa
Claudio Labra
Marcelo Antonio Cerro Poblete
Luis Zuñiga Rodriguez
María Cristina Escarate Ramos

 

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