Términos y Condiciones de uso de la Cuenta Corriente MACH

A. CUENTA CORRIENTE MACH.

1. La Cuenta Corriente Mach, en adelante también  la “Cuenta”, se ha implementado por el Banco de Crédito e Inversiones, en adelante también denominado “el Banco” o “BCI”, que se ofrece, comercializa y contrata a través de la Plataforma Tecnológica Mach, en adelante  también la “App Mach”,  que se rige especialmente por la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques (DFL N° 707) y las normas contenidas en el Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF);

2. Para utilizar la Cuenta, el usuario , en adelante también “el cliente”, que se individualiza al final de este instrumento, deberá aceptar las estipulaciones del presente contrato o “ Término y Condiciones de Uso ”, lo que permitirá que el Banco pueda abrir y habilitarle una Cuenta Corriente a su nombre, respecto de la cual será su titular, que no contempla la entrega de formularios para la emisión de cheques ni líneas u otras modalidades de crédito para cubrir y pagar sobregiros. 

Las modalidades de uso, limitaciones de montos por transacción, comisiones, costos de mantención y demás características se regulan, en lo particular, por las estipulaciones contenidas en el presente contrato y en lo no regulado por éste, por las estipulaciones contenidas en los Términos y Condiciones  de  Uso de la Plataforma Tecnológica Mach, que contiene las Condiciones Generales de los Productos y Servicios Bancarios del Banco, las que se encuentran protocolizadas con fecha 24 de mayo de 2023 en la 34ª Notaría de Santiago de don Eduardo Javier Diez Morello, bajo el número de Repertorio N° 8612/2023,   y  cuyo texto se encuentra disponible para su consulta y revisión en la página web de Mach www.somosmach.com, en adelante también las “Condiciones Generales”. En caso de contradicción, prevalecerán las estipulaciones contenidas en los presentes Términos y Condiciones.

Para los efectos de la apertura y habilitación de la Cuenta, el usuario autoriza y encarga, desde ya, al Banco para que proceda a abrirle la cuenta corriente indicada en forma coetánea a la aceptación de estos Términos y Condiciones de Uso.

 

3. Con el dinero disponible en su Cuenta, el Banco pagará lo que el usuario indique e instruya a través de formularios, giros u otras órdenes de pago efectuadas tanto presencialmente como a través de cualquier medio electrónico operado a distancia.

 

4. El comprobante de depósito en la Cuenta, necesitará el timbre de caja para ser válido. 

 

5. Los cheques y otros documentos depositados en la Cuenta no constituyen fondos disponibles sino hasta su cobro y, por consiguiente, son condicionales y no facultan a su titular para expedir giros con cargo a ellos. Solo estarán disponibles cuando su saldo diario lo indique como tal. Si los documentos depositados no se pagan y, por tal razón, son devueltos, el Banco descontará el dinero de la Cuenta. 

 

6. En el evento que al cliente se le abran, por cualquier motivo, varias cuentas, el conjunto de todas ellas formará una sola cuenta para los efectos de su conclusión y liquidación y demás fines legales, sin perjuicio de la facultad del Banco para aplicar individual e independientemente a las respectivas cuentas los intereses, impuestos, comisiones y otros gastos que les correspondan.

 

7. Desde que el Banco  envíe al cliente  la información de dichos cargos a su correo electrónico, o lo informe a través de www.somosmach.com o de  la misma App Mach,   en los términos establecidos en la letra b. de la cláusula 3 de las Condiciones Generales, el cliente podrá solicitar en forma preferente su revisión en el plazo de 30 días de acuerdo a lo estipulado en el artículo 4 de la Ley sobre Cuentas Bancarias y Cheques.

 

8. BCI no está obligado a pagar cheques o aceptar órdenes de pago que excedan los fondos disponibles en su Cuenta Corriente, salvo que el cliente celebre y mantenga vigente con el Banco un Contrato de Línea de Sobregiro en Cuenta Corriente con crédito disponible para ello.

 

B. TARJETA DE DÉBITO.

1. La Tarjeta de Débito vinculada  a la cuenta corriente individualizada precedentemente, es una tarjeta que tiene asociada una clave secreta de identificación personal, que  permitirá al cliente su utilización como instrumento de pago en todos aquellos establecimientos que en Chile o en el extranjero, cuenten con los dispositivos electrónicos de captura en línea, necesarios para efectuar tales transacciones. 

 

2. Asimismo, el cliente podrá realizar giros desde cajeros automáticos. En el evento que el Banco le habilite la posibilidad de efectuar giros desde cajeros automáticos en el extranjero, el cliente acepta desde ya el tipo de cambio de la moneda extranjera que el operador utilice para determinar su equivalencia a pesos, para los efectos de los cargos que se debitarán en su(s) cuenta(s) y o líneas habilitadas. Adicionalmente el cliente podrá efectuar giros por cualquiera de los mecanismos adicionales que el Banco establezca.

 

3. Al efectuar alguna de las transacciones indicadas con su tarjeta de débito, el cliente estará facultando al Banco para cargar en los saldos disponibles de sus cuentas y líneas que tuviere contratadas y habilitadas, según corresponda, el monto de tales transacciones.

 

4. La  clave que el cliente registre y active para operar sus productos, es personal e intransferible. Es obligación del cliente resguardar adecuadamente su clave. En este contexto, se recomienda renovarla regularmente, utilizar una clave única para cada tarjeta que posea y que tenga un grado de dificultad relevante y no asociada a datos o información personal del cliente que sea  de público conocimiento. Resulta relevante la colaboración del cliente para evitar fraudes y falsificaciones, de manera tal que es de la mayor importancia que el cliente tenga un grado de cuidado para realizar transacciones únicamente desde la App Mach  o en los canales seguros que el Banco o Mach ha dispuesto e implementado para sus comunicaciones y transacciones con sus clientes. Una vez ingresadas sus claves, el Banco y/o Mach procederá a cumplir y ejecutar las instrucciones impartidas por el cliente.

 

5. Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl.

 

C. VIGENCIA DEL CONTRATO. CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO.

1. Plazo del Contrato: Los servicios regulados por este instrumento durarán un año, con vencimiento los días 31 de julio de cada año. 

Con todo, el primer período de vigencia se renovará  el día 31 de Julio siguiente al día de la contratación,  una vez transcurridos los primeros 12 meses contados desde la fecha del presente contrato, pudiendo este primer período exceder  el año calendario, dependiendo de la fecha de la respectiva contratación.  

Al término de dicho período, el contrato se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, a menos que el Banco le comunique su decisión de no perseverar en ellos, mediante aviso escrito enviado con, a lo menos, 15 días de anticipación a la fecha de término del plazo.   Este aviso se le enviará a la dirección de correo electrónico que el cliente tenga registrado en el Bci y/o en la App Mach. En defecto del correo electrónico, alternativamente el aviso se le comunicará a través de la App Mach y si esta última alternativa no fuere posible de implementar, se enviará mediante carta dirigida al último domicilio que registre en el Banco y/o en Mach. 

El cliente podrá  poner término a este  contrato, en cualquier momento y sin expresión de causa, a través de la App Mach, donde un ejecutivo recibirá y gestionará su solicitud. Para facilitar el proceso de cierre, se  recomienda previamente dejar el saldo de la Cuenta en cero.

El Banco tendrá la obligación de efectuar el cierre de la Cuenta, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de presentada la solicitud. 

2. Causales de Término Anticipado del Contrato por parte del Banco.

El Banco podrá poner término al contrato cuando se haya verificado una cualquiera de las siguientes causales, lo que le será comunicado con al menos 15 días de anticipación, mediante aviso escrito dirigido a la dirección de correo electrónico que el cliente tenga registrado en el Bci y/o en la App Mach. En defecto del correo electrónico, alternativamente el aviso se le comunicará a través de la App Mach y si esta última alternativa no fuere posible de implementar, se enviará mediante carta dirigida al último domicilio que registre en el Banco y/o en Mach:

a) Cuando hiciere un uso inadecuado del producto o servicio, por incurrir en sobregiros no pactados reiterados o impartir frecuentemente órdenes de no pago y/o protesto de cheques. Se entenderá que existe reiteración y frecuencia en los casos en que en el período de un  año, incurriere en 3 o más eventos de sobregiros no pactados u órdenes de no pago y protestos de cheques;

b) Por incurrir en una cualesquiera de las siguientes situaciones:

b.1 Incumplimiento de los parámetros objetivos de endeudamiento determinados en la política de riesgos del Banco;

b.2 Excesiva carga financiera o de endeudamiento del cliente determinada en la política de riesgos del Banco;

b.3 Inexistencia o insuficiencia de patrimonio o de ingresos mensuales del cliente para pagar las obligaciones contraídas con el Banco;

b.4 Relación de endeudamiento excesiva en relación con el patrimonio y los ingresos mensuales del cliente determinada en la política de riesgos del Banco;

b.5 Insuficiencia de garantías muebles o inmuebles, personales o reales, en los casos requeridos en la política de riesgos del Banco o con posterioridad al análisis de riesgo comercial, a consecuencia de la verificación de cualquiera de las condiciones señaladas en los números anteriores;

b.6 Antecedentes financieros, societarios, inmobiliarios, profesionales o laborales insuficientes, incompletos, inexactos, inconsistentes, desactualizados o entregados extemporáneamente, que impiden determinar el nivel de riesgo comercial a través de la respectiva evaluación;

b.7 Deterioro en el comportamiento de pago del cliente, incurrir en protestos, atraso o mora en el servicio regular de una cualquiera de sus deudas, y que por tal motivo se haya informado al Boletín de Informaciones Comerciales y/o se haya incluido en listado de deudores que se debe enviar a la Comisión para el Mercado Financiero y que se encuentren vigentes en conformidad a la Ley N° 19.628;

b.8 Incumplimiento del nivel mínimo de aprobación previsto en los análisis de riesgo establecidos por el Banco;

c) Fallecimiento del cliente; 

d) Declaración de interdicción; insolvencia, presentación de convenios, tener el cliente la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación;

e) Cambios objetivos en la condición económica, financiera o de mercado en que el cliente opera;

f) Cuando habiéndosele solicitado, el cliente no aportase al Banco los antecedentes requeridos, conducentes a analizar y evaluar el estado actual de su situación económica o financiera;

g) Cuando habiéndosele solicitado, el cliente no aportase al Banco los antecedentes requeridos conducentes a justificar suficientemente la acreditación del origen de los fondos depositados en sus cuentas, y/o el destino de los mismos, o no logra justificar las actividades de origen desconocido, riesgosas o que puedan aparente o eventualmente ser contrarias a la ley;

h) Cuando con ocasión del ejercicio de las acciones del inciso 3 del artículo 5 de la Ley 20.009, el Banco obtenga sentencia judicial ejecutoriada favorable;

i) Mantener inactivo o sin uso, por más de un año los productos y servicios contratados; 

j) Incurrir en conductas agraviantes u ofensivas en contra del personal del Banco y/o de Mach, que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental;

k) Integrar el cliente, la nómina de personas con las cuales al Banco le esté impedido operar; y, 

l) La revocación por parte del cliente, total o parcialmente, de uno o más mandatos cuya ejecución dificultare o impidiere prestar los servicios contratados.

Bloqueo de los servicios: Por las mismas causales el Banco podrá bloquear en forma inmediata los productos contratados, lo que le será informado en ese mismo acto, mediante una alerta o aviso enviado a su dirección de correo electrónico registrado en el Bci, o a través de www.somosmach.com o de  la misma App Mach, en los términos establecidos en la letra b. de la cláusula 3 de las Condiciones Generales.

El no ejercicio por parte del Banco de las facultades mencionadas en este numeral, no supone renuncia a ejercerlas en el futuro.

 

D. MANDATO PARA DOCUMENTAR OBLIGACIONES EN CASO DE SOBREGIROS NO PACTADOS.

Si con motivo de la utilización de su cuenta corriente, se produjere un sobregiro no convenido con el Banco, y este último decidiese excepcionalmente acoger su solicitud para otorgarle un crédito para cubrir dicho sobregiro, por este instrumento el cliente otorga, desde ya, mandato especial y gratuito al BCI para que en su nombre y representación pueda suscribir los instrumentos que hagan falta para documentar tales obligaciones, incluso con facultades para autocontratar. El BCI podrá ejercer este mandato cada vez que decida excepcionalmente otorgarle un crédito, con el objeto de cubrir los sobregiros no convenidos en que usted haya incurrido. 

El mandato se otorga al Banco de Crédito e Inversiones, a través de cualquiera de sus apoderados o en quien Bci delegue para que autocontratando y autorizando las firmas ante notario, complete y suscriba pagarés, reconozca deudas en beneficio y a la orden de Bci, a través de instrumentos públicos o privados,  por los montos de capital, intereses y comisiones de las sumas adeudadas que se originen con motivo  de la circunstancia descrita, pudiendo completar todas las menciones exigidas por la Ley N° 18.092, para que el título tenga mérito ejecutivo, pudiendo renunciar a la acción de protesto. 

A la fecha de su vencimiento los saldos adeudados, devengarán la tasa máxima convencional vigente a la fecha del incumplimiento.

 

E. COMISIONES.

El Banco tendrá derecho a cobrar una comisión de administración por la utilización de este producto.

La tarifa que el Banco decida cobrar se ejecutará a través de la misma App MACH, donde el Banco propondrá la tarifa y el cliente deberá aceptarla con sus claves o credenciales para poder utilizar el producto. Para estos efectos el modelo de tarifa a cobrar será de la siguiente manera: 

 

a) Cuenta Corriente Moneda Nacional: Comisión de Administración



Tipo de Cuenta Requisitos Tarifa Mensual UF con IVA
Cuenta Corriente Mach Renta líquida mensual desde 0 UF Base 0,00 UF (**)
Especial(*) 0 UF

 

(*) Especial: Cumplir Base y al menos una de las condiciones que puedan determinarse específicamente en el contrato.  

(**) Las comisiones expresadas en UF serán cobradas en pesos a la fecha del cargo.

 

En caso de pérdida y/o no cumplimiento de las condiciones y/o requisitos para la exención de tarifa, deberá pagar la tarifa sin los descuentos correspondientes indicados. 

En caso de aparecer en 0 se considera sin requisito de apertura ni tarifa. 

 

b) Tarjeta de Débito

Tipo de Comisión Tarjeta de Débito Monto Comisión
(**) Comisión uso ATM en el extranjero (trx) (*) UF 0,00
(**) Comisión Compras Internacionales (En línea y Presenciales) 0% sobre monto de la compra

 

(*) Las comisiones expresadas en UF serán cobradas en pesos a la fecha del cargo.

(**) El monto de estas adquisiciones será en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y será debitada en pesos con cargo a los saldos disponibles en la cuenta corriente del usuario. El valor del dólar será fijado por el Banco según el dólar observado a las 9:45 hrs. el cual aplica desde las 14:00 hrs del mismo día de la transacción y hasta las 13:59 hrs del día siguiente hábil, hora chilena. Si la moneda de origen de la compra es distinta del dólar, será convertida a Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, según el tipo de cambio utilizado por Visa al momento de la compra.

 

Para la conversión de Dólares a pesos y para el cálculo de comisiones por compras en el extranjero, se utilizará, como base de conversión el dólar observado a la fecha en que la compra es informada por la Marca Visa al Bci.

En caso de aparecer en 0 se considera sin requisito de apertura ni tarifa. 



F. GASTOS

Las comisiones y gastos que el Banco eventualmente pueda cobrar,  se cargarán a los saldos disponibles que mantenga en su cuenta corriente. 

El cliente podrá revisarlos en cualquier momento consultando su cartola de movimientos en la App Mach y, además, en los estados de cuenta en que se informarán detalladamente los movimientos generados periódicamente en su cuenta corriente. El estado de cuenta se le enviará a su correo electrónico registrado en el Banco o a través de www.somosmach.com o de  la misma App Mach, de acuerdo a lo indicado en la letra b. de la cláusula 3 de las Condiciones Generales de este contrato.

Antes de firmar le recomendamos leer con atención todas y cada una de las características de sus productos, comisiones, intereses y gastos, uso y cuidado de sus tarjetas y/o claves, causales de término y sus efectos.

 

Este contrato no cuenta con sello SERNAC.

 

CUENTA CORRIENTE.

  • Número de Cuenta Corriente:

 

TARJETA DE DEBITO.  

  • Número de Tarjeta:   Se informará al Cliente a través del correo electrónico una vez se encuentre creada.
  • Tarjeta Adicional: 




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